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20 de abril de 2013

Las licencias musicales en la UE pasarán a ser multi-territoriales

Las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual de Europa deberán ahora permitir a los artistas inscribirse en una sociedad de su libre elección y las licencias estarán disponibles para varios países en sitios como los de Amazon y Apple después de que un tribunal respaldase un veto de la UE sobre los monopolios nacionales, según Reuters.

El Tribunal General (también llamado de Primera Instancia) de la Unión Europea, confirmó una sentencia de 2008 por la Comisión Europea (el mayor órgano ejecutivo de la UE).


Bajo el sistema actual, cada país europeo, que tiene su propia entidad de gestión colectiva, como la SGAE en Españ. En total se perciben alrededor de 7880 millones de dólares al año en royalties por más de un millón de compositores e intérpretes de la Unión Europea de 27 países.

Los críticos con el sistema actual dicen que el sistema restringe el acceso de los consumidores a la música de música en streaming, pero también ocurre en Youtube e incluso en Blogger, en donde estas empresas tienen que crear diferentes versiones del sitio para cada país.

La decisión del viernes se produce después de que las 21 sociedades de gestión colectiva y su grupo "paraguas" CISAC, impugnasen la decisión de la Comisión Europea de 2008, que hace más fácil para los vendedores de música adquirir licencias multiterritoriales de radiodifusión de una sola entidad en lugar de en varios organismos nacionales.

En la misma resolución de 2008 de la Comisión se dijo que los compositores deben poder elegir la agencia que querían que cobrasen sus royalties.

El fallo del viernes por el Tribunal General negó que se hayan encontrado evidencias de que las sociedades de gestión colectiva se hubiesen puesto de acuerdo ilegalmente, diciendo que los reguladores no tenían pruebas suficientes de delito.


Más info en castellano: La UE da luz verde a las licencias de música multi-país
Y visto en: reuters.com/article/2013/04/12/entertainment-us-court-collectingsocieti

17 de junio de 2012

El 'Libro de Buen Amor': La Primera Obra con Licencia Libre de la Historia (siglo XIV)

El Libro de buen amor es una obra del siglo XIV, una composición extensa y variada de 1728 estrofas, cuyo hilo conductor lo constituye el relato de la autobiografía ficticia del autor (Juan Ruiz, de menester arcipreste de Hita). Está considerada una de las cumbres literarias españolas de cualquier tiempo, y no solo de la Edad Media.

Además es la que se podría considerar la primera licencia libre de la Historia ya que en ella, un reconocido autor español, otorga a su obra literaria una licencia entre sus propios versos:

Libro del Buen Amor 
Qualquier ome que lo oyga, sy bien trobar supiere,
puede más añadir e enmendar si quisiere.
Ande de mano en mano: qualquier que lo pidiere.
Como pelota las dueñas, tómelo quien pudiere.
Pues es de “Buen Amor”, prestadlo de buen grado:
no le neguéis su nombre ni le deis rechazado,
no le deis por dinero vendido nin alquilado;
porque non tiene valor nin graçia el “Buen Amor” conprado. 
Juan Ruiz, Arcipreste de Hita - Siglo XIV

Todavía hay controversia en torno a las fechas en que se escribió la obra, así como en el verdadero nombre y vida de este Arcipreste de Hita nacido en Madrid y formado en Toledo, los estudiosos ubican su existencia entre los siglos XIII y XIV. Escribió, que se conozca, una única obra, el Libro de buen amor, quizá redactada en la cárcel. Seguramente encerrado por orden del arzobispo de Toledo.

Igualmente fue un gran aficionado a la música, como lo prueba su conocimiento de la materia a través del léxico muy especializado que maneja.

Semejante antigüedad de la obra hace que existan códices con trascripciones cuya literalidad difiere algo de la anterior, pero que en ningún caso alteran su significado. Lo más interesante es que el Arcipreste componía "conocimiento libre" no sin saber muy bien el valor de estas cosas tal y como plasma en su poema "Enxienplo de la propiedat que'l dinero ha", poema cantado por Paco Ibáñez en "Lo que puede el dinero".

Más información (Visto en): http://www.opentia.es/index.php/es/blogs/...
Más información (Arcipreste de Hita): http://es.wikipedia.org/wiki/Arcipreste_de_Hita
Más información (Libro de Buen Amor): http://es.wikipedia.org/wiki/Libro_de_buen_amor
Si estás interesado en hacerte con un ejemplar actual de este libro: http://www.iberlibro.com/....

6 de junio de 2012

Youtube llega a un acuerdo con las discográficas para incentivar la creación de covers y temas originales

Para incentivar a los aficionados a subir covers al portal de vídeos de Google, Youtube ha firmado acuerdos con varias discográficas. El motivo tiene que ver con el bloqueo en diferentes países de vídeos de versiones libres de canciones famosas y a un ansia que muchos esperaban.

Para solucionar el inconveniente de los bloqueos, youtube ha anunciado acuerdos con  BMG Rights Management, Christian Copyright Solutions, ABKCO Music, Inc., Songs Music Publishing, Words & Music, Copyright Administration, Music Services, Reservoir Media Management y Songs of Virtual y así tener un gran repertorio de canciones con las que tocar libremente y subir al portal de vídeos.

Entre otros, estas empresas explotan los trabajos de Adele, Cee Lo Green, Foo Fighters, The Rolling Stones y Sam Cooke,y un largo etc, con lo el material que podemos interpretar es bastante amplio.

Las ganancias generadas por la publicidad se repartirán entre nosotros, google y la productora de la artista. Por supuesto también se podrá rentabilizar el contenido original. En el blog de youtube no dice mucho más que esto así que estaremos atentos a nuevas noticias.

Si sabéis algo más no dudes en dejar un comentario. Un saludo!

16 de abril de 2012

La Primera Ley de Derechos de Autor: El Estatuto de la Reina Ana


Antes de la invención de la imprenta hacer una copia de un libro no era tarea sencilla. Pocos eran los que sabían leer y muchos menos los que tenían tiempo, lugar y cultura suficiente como para dedicarse a la tarea de copiar palabra a palabra cualquier manuscrito. Además, era muy fácil con este método cometer errores en la transcripción, con el perjuicio que eso implicaba para la obra.

Por eso, lo de los derechos de autor, el copyright y todo ese lío sonaba un poco a chino a los autores de aquel entonces. Lo que quisieran proteger, les bastaba con tenerlo a buen recaudo en su casa .

Pero en el siglo XV, con la llegada de la imprenta, el asunto cambió. Sin demasiado esfuerzo se podían hacer innumerables copias prácticamente iguales de una misma obra. Un sueño para la humanidad y el progreso y  una pesadilla para autores, pero especialmente, para los impresores que veían como cualquier otro podía imprimir una obra por la que él había pagado un dinero a su autor.

Hubo distintos intentos de crear un ley que protegiera estos derechos, como el impulsado a finales del siglo XV por el español Antonio de Nebrija, autor de la primera gramática española e impulsor de la primera imprenta de Salamanca.

Pero no sería hasta el siglo XVIII, en el Reino Unido, que se pondría negro sobre blanco una ley que protegiera los derechos del autor y de la publicación de su obra. Fue la reina Ana I de Inglaterra quien la aprobó y por eso, a la primera ley sobre derechos de autor, se la conoce con el nombre de:

“El Estatuto de la Reina Ana“ 

An Act for the Encouragement of Learning, by vesting the Copies of Printed Books in the Authors or purchasers of such Copies, during the Times therein mentioned.
Una ley para el estímulo del aprendizaje, para la concesión de derechos a las copias impresas de los libros de autores o adquirientes de tales copias, durante el tiempo mencionado en ella.

La ley establecía que todas las obras tendrían un plazo de protección de 14 años prorrogables otros 14 si el autor continuaba vivo (máximo 28 años). Y un único plazo de 21 años para las obras impresas antes de la entrada en vigor de la ley, contando a partir de la fecha de aprobación.

La fecha de aprobación, por cierto, fue el 10 de Abril de 1710. Es decir, ya se han cumplido mas de 300 años de la primera ley de derechos de autor.

Este artículo fue sacado de un sitio que ya no existe llamado historias con historia.
Más info sobre el Estatuto de Ana aquí: http://en.wikipedia.org/wiki/Statute_of_Anne 

25 de marzo de 2012

La Historia de los Derechos de Autor de la Canción "Cumpleaños Feliz - Happy Birthday to You"

El “Feliz Cumpleaños” o en inglés; “Happy Birthday to You", es según el Libro Guinness de los Récords, la canción más popular de la lengua inglesa. Lo que no muchos saben es que esta canción tiene propietario y contrariamente a lo que podamos pensar la mayoría; es un gran conocido entre nosotros. La historia comienza así:

En 1893, año en que se patentó la Coca-cola, el motor Diesel y en que la reina María Cristina inauguraba el Palacio de la Bolsa de Madrid; las hermanas Mildred y Patty Smith Hill, que trabajaban como maestras en un jardín de infancia en Louisville (Kentucky), escribieron un libro con canciones infantiles para niños. La canción, que originalmente se llamaba “Buenos días a todos”, fue escrita para darse los buenos días al comenzar las clases. La letra era como sigue:

Good morning to you, / Good morning to you, Good morning, dear children, Good morning to all.

Buenos días a usted, / Buenos días a usted, / Buenos días, queridos hijos, / Buenos días a todos

La combinación de melodía y la letra del “Happy Birthday to You” actual y que todos conocemos y usamos con relativa frecuencia, apareció por primera vez en forma impresa en 1912 sin conocerse el autor de esta nueva letra. Otras fuentes citan que cierto día, con motivo del cumpleaños de una de las niñas que asistía al jardín de infancia, Patty decidió conservar la melodía y cambiar la letra de la canción por la actual. Pero la cuestión final no es esta, sigan leyendo.

La canción se popularizó y fue pasando de boca en boca, en el 1924, se publicó en un libro de canciones de Robert Coleman, y después llegó su exito total gracias a la radio y al cine apareciendo en musicales, emisoras de radio, películas, etc. Llegado este punto tan álgido y no reconocerse su autoría, la tercera hermana Hill, Jessica, presentó una demanda, que pudo ganar gracias a las probadas similitudes entre esta versión y la de sus hermanas.

Jessica Hill consiguió que la compañía Clayton F. Summy publicara “Happy Birthday to You” como una obra con copyright en 1935, acreditando la letra de Preston Ware Orem -casualmente un empleado de Summy-. Originalmente, los derechos de autor propiedad de las hermanas Hill, expirarían a los 28 años, sin embargo, y debido a los sucesivos cambios en la ley de derechos de autor, el copyright no expirará hasta el 2030 en EEUU y 2016 en Europa.

En la actualidad y desde 1990 la Time Warner Corporation es la propietaria del copyright, al haber adquirido ese año la empresa que tenía los derechos hasta el momento. La transacción comercial de esa adquisición tuvo un valor estimado de 5 (otras fuentes dicen que fueron 28) millones de dólares. Actualmente, los derechos que le reportan esta canción en televisión, cine y demás es de unos 2 millones de dólares anuales.

Pues ya sabéis; al igual que con las canciones de los Beatles o Hendrix , hacer una versión dubstep del "cumpleaños feliz" fuera del ámbito privado es un delito si no se ha aportado previamente el pago de los royalties a Time Warner Corporation. Como última curiosidad; ese mismo año Tchaikovski publicaba su 'Sinfonía Patética'...

Visto en: blogs.20minutos.es/...+ historiasdelahistoria.com/... + varios de Wikipedia.

18 de septiembre de 2011

Los Derechos de Autor de la UE se extienden desde los 50 hasta los 70 años

mikeblogs
La industria musical gana otra batalla con la extensión de los derechos de autor de intérpretes y productores. Esta pasa a ser de 50 a 70 años, en grabaciones musicales dentro de la UE. Ocho países se opusieron a la reforma: Chequia, Bélgica, Holanda, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia y Luxemburgo (por supuesto España no está incluida en esta lista).

La Unión Europa modifica de este modo la Directiva 2006/116/CE afirmando que «los artistas en general comienzan sus carreras jóvenes y el plazo de protección de 50 años no protege, a menudo, sus actuaciones durante toda su vida».

La industria musical, avariciosa ella, había pedido el aumento de la duración de esta protección hasta los 95 años - como ocurre en Estados Unidos -. De esto modo y seguramente no por casualidad; EMI conservará los derechos de algunos de los mejores temas de The Beatles, como «Love me do», que de otro modo hubieran pasado a dominio público en el 2013, así como algunas grabaciones de los Rolling Stones.

Para la creación compartida también se han previsto medidas que según la UE garanticen que los artistas que hayan transferido sus derechos exclusivos a productores puedan beneficiarse de esta extensión o recuperar sus derechos sujetos a ciertas condiciones. También incorpora un nuevo cálculo para la protección de canciones y otras composiciones musicales con letra creadas por varios autores. En este caso, se señala que el término de protección expirará a los 70 años tras la muerte del último superviviente, ya sea el autor de la letra o el compositor de la música.

Más información ( y Visto en): http://www.abc.es/...
Más información (otros datos muy interesantes): http://www.nacionred.com/...

9 de diciembre de 2010

Según Wikileaks la Ley Sinde es made in USA

En el curioso Reino de España existe un proyecto de Ley llamado de Economía Sostenible que contempla un apartado conocido como la "Ley Sinde". Este apartado, que es una normativa, pretende cerrar webs que infrinjan - o no - derechos de autor, únicamente bajo los ojos de una comisión administrativa del Ministerio de Cultura, donde la justicia convencional no tendría cabida.

Al final, la verdad ha salido a relucir y gracias a Wikileaks.org como no podía ser menos en estos tiempos. Así se desprende de manera clara de las comunicaciones filtradas por WikiLeaks; según este maravilloso medio:
"(...) todo era parte de un plan maestro en el que España y sus políticos eran meros peones al servicio de una industria, de una serie de empresas norteamericanas. Comprobar hasta qué punto esas industrias, a través de la embajada, han estado manipulando y amenazando a nuestros políticos es sencillamente sobrecogedor. Ver frases que evidencian ataques a quienes opinan diferente, intentos por cambiar la interpretación que se hace de las leyes locales y pactos internacionales por ser contraria a sus intereses, presiones y amenazas hace que a cualquiera le entre complejo de república bananera. como la famosa Lista 301, cuya falsedad y uso torticero queda patente, es utilizada como arma para obtener cambios y torcer voluntades es algo que te hace pensar (...). Enrique Dans (www.enriquedans.com/...)

Más información: Ver en los enlaces en la fuente de Enrique Dans.

Un artículo muy bueno sobre esta ley: http://www.antonio-delgado.com/2010/...

10 de julio de 2010

La SGAE tira la toalla y deja que la sentencia que daba la razón a un bar denunciado por poner música libre siente precedente

La sentencia que dio la razón al café-pub Angelus de Burjassot en la demanda que le interpuso la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por utilizar música de la que, según esta sociedad de gestión de derechos de la propiedad intelectual, tenían los derechos se ha convertido en firme y, por lo tanto, sentará precedente después de que se haya pasado el plazo estipulado y sin que la SGAE la haya recurrido.

Cuando una sentencia sienta precedente, jueces y tribunales deben seguir estas propios sentencias cuando la situación que se esté conociendo sea similar a otra ya vista (casos iguales que requieren un tratamiento similar).

Más información (y sentencia completa): http://www.aranzadi.es/...
Más información (Página del local en Facebook): http://www.facebook.com/...

18 de marzo de 2010

Pink Floyd gana el juicio contra EMI por la venta de sus singles sin consentimiento

Pink Floyd, que recientemente interpuso una demanda, ha ganado el juicio contra su discográfica, EMI, la cuál mantienen contrato desde 1967. Este enjuizamiento se inició debido a la política de ventas que está disográfica tenía en internet. La banda británica no quería consentir que EMI vendiese sus canciones de este modo, ya que considera que cada uno de sus álbumes es indivisible.

Por ahora, EMI tendrá que hacerles efectivo un pago de 40.000 libras esterlinas por el costo del proceso. La indemnización definitiva aún está por decidir. Además, se les ha prohibido que sigan vendiendo las canciones sueltas.

El último contrato de la banda con su discográfica fué firmado antes de que apareciesen las webs de descargas. Durante su carrera, Pink Floyd ha evitado publicar canciones en formato 'single'.


Más información (Página oficial de Pink Floyd): http://www.pinkfloyd.com/

8 de enero de 2010

Gestión de Derechos de Autor para Conciertos

En malabache.com, sitio de una productora de eventos mallorquina, han publicado un par de listas que incluyen los pasos para organizar un concierto o festival musical.

Existen dos y, logicamente, dependiendo de si el repertorio de los artistas o artista que quieras contratar está registrado en algún tipo de sociedad gestora, o no y licencia, tendrás ante ti dos panoramas bien diferentes:

Si las canciones que interpreta el artista están registradas en la SGAE:
  1. Debes ir a la sede la SGAE y pedir autorización por escrito para hacer el concierto.
  2. Suponiendo que realmente te dan la autorización, contratas al artista.
  3. Con el contrato firmado, imprimes las entradas y las llevas a la sede de la SGAE. Depositas en metálico el 10% de la taquilla que se espera recaudar. Las entradas van con el 7% de IVA pero te exigirán el 16%.
  4. La SGAE te sella las entradas para que no vendas más. Las entradas deben estar numeradas y con tu CIF, sino no te las sellarán.
  5. Te llevas las entradas a los puntos de venta y las vas vendiendo.
  6. Después del concierto, debes hacer rellenar al artista la “hoja de repertorio”, que tiene que incluir los títulos y los autores de las canciones interpretadas durante el concierto.
  7. También después del concierto tienes que rellenar la “hoja de taquilla”, que debe incluir cuántas entradas se han vendido y cuántas son invitaciones, regalos o gratuitas.
  8. Al acabar el concierto, máximo una semana después, vuelves a la sede de la SGAE con las hojas de repertorio y taquilla, además de con los resguardos de las entradas.
  9. La SGAE guarda el repertorio, y con la hoja de taquilla y los resguardos de las entradas, calcula cuánto del depósito que dejaste en el punto 4 te van a devolver. Si se ha vendido todo el aforo no te devuelven nada, como es lógico. Y si llegas más tarde de esos 7 días, tampoco.
  10. Fin de la historia.

Si las canciones que interpreta el artista poseén licencias Creative Commons o Copyleft:
  • Contratas al artista.
  • Pones las entradas a la venta.
  • Fin de la historia.

Una pequeña guía para el que algún día se halla planteado el proceso de contratación de artistas. Esta claro que la complejidad burocrática, además de la económica (adelantar un 10% a la SGAE) son unos obstaculos bastante altos a la hora de tratar con la SGAE. Además, si eres músico o productor, piensatelo antes de anotarte a la SGAE para que gestione tus derechos.


Visto en: http://www.malabache.com/...
El afiliado a la SGAE se lo pierde: http://www.malabache.com/por-inercias/

26 de diciembre de 2009

La SGAE te quiere cobrar los villancicos

Conocido por todos es el afán recaudatorio de la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores del Reino de España). Recientemente hemos conocido la existencia de un escrito en el que se informaba de la intención de seguir recaudando en recitales de villancicos durante este año.

Y muchos de nosostros pensaremos que esto no puede ser así, pues la antiguedad de estos traslada el registro al dominio publico y por tanto su uso sea libre.

Lo que está pasando es que muchas de estas obras han sido "levemente" alteradas para poder pertenecer a otro o nuevo titular. Por ejemplo: Noche de paz, aparentemente pertenece al dominio público, pero está registrada por Enrique Pastor Celda, profesor de clarinete del Conservatorio de Música de Palma.


A GRANDES MALES GRANDES REMEDIOS

Ante este panorama tan desolador la Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de A Coruña ha decidido que durante sus festivales navideños los escolares entonen villancicos originales libres de derechos de autor y además sin contenido religioso.

No todos los niños tienen la misma religión, así que intentamos hacer integración y eliminar las connotaciones religiosas de los villancicos”, explica el representante de los padres de alumnos de colegios públicos de A Coruña.

De este modo, los villancicos pasarán a ser canciones de invierno sobre valores solidarios y de convivencia. Y sobre todo, nuevamente originales. “Ya estamos cansados de mirar cómo beben y beben los peces en el río año tras año”, concluye este portavoz de la asociación.


Noticia original: http://www.xornal.com/... (ya no existe)
Historia del villancico "Noche de Paz": www.es.catholic.net/...

18 de junio de 2009

Investigadores de la UGR crea Inmamusysr: Música original, infinita y libre de derechos

Un equipo de investigadores de la UGR (Universidad de Granada) tiene entre manos el diseño de un software que permite a cualquier persona generar música sin necesidad de tener una mínima idea de composición.

Su autentica finalidad es generar musica ambiental libre de derechos de autor y acorde con el gusto y sentir del oyente.

Para ello se proponen hacer uso de la IA (inteligencia artificial), con un sistema llamado Inmamusys, acrónimo de Intelligent Multiagent Music System, capaz de componer e interpretar música en tiempo real.

Según declaró a SIG, Miguel Molina, autor principal del estudio, el repertorio de los hilos musicales es muy limitado y con el nuevo invento se crea un ambiente agradable, pero nada repetitivo para quien debe estar en ese espacio durante todo el día.

El equipo de la universidad granadina llegó a la conclusión de que “sería muy interesante diseñar y construir un sistema inteligente que generara música de forma automática, garantizando su grado de emotividad (para controlar el ambiente creado), y su originalidad (debe componerse una pieza que no se repite, original e infinita)”.

Para ello, Inmamusys, está programado para la composición emotiva mediante el uso de técnicas de IA. En su diseño y desarrollo, se han llevado a cabo tareas relacionadas con la representación abstracta de conceptos necesarios para el tratamiento de emociones y sentimientos.

Bajo su aparente sencillo sistema de funcionamiento se esconde un complejo entramado que permite que un ordenador imite un aspecto tan humano como la creatividad.

Para Molina, esto “suele ser algo que el ser humano hace, pero no llega a entender muy bien cómo. En realidad, existen numerosos procesos involucrados en la creación musical y, por desgracia, muchos de ellos nos son aún desconocidos. Otros son tan complejos que resultan intratables, muy a pesar de la potencia de las herramientas computacionales actuales. Actualmente, gracias al avance de las Ciencias de la Computación, existen áreas de investigación -como la Inteligencia Artificial- que pretenden reproducir el comportamiento humano. Una de las facetas más difíciles de reproducir es la creatividad”.


Esta tecnología también serviría, dicen sus autores, para reducir costos. Según los investigadores, “la música es un elemento que se encuentra muy presente en nuestro ocio y en el ambiente laboral, y son numerosos los lugares que debemos visitar que cuentan con sistemas de música ambiente. La utilización de piezas musicales en ámbitos públicos conlleva el pago de derechos de autor. Nuestro sistema evitaría el pago de estos derechos de autor relativos a la música”.

Así que, con este último párrafo, la noticia parace haberse tornado gris. Supongo que muchos de nuestros lectores también les gustará la composición musical y es que ha veces competir con ordenadores puede ser muy duro.


Visto en: http://www.plataformasinc.es/...
Más información (web de la UGR): http://prensa.ugr.es/prensa/...

26 de mayo de 2009

"La SGAE me debe los derechos de autor acumulados durante 18 años"

Son declaraciones del José Antonio Prieto, pianista malagueño, socio y antiguo inspector de la misma SGAE.

Su historia es que hace ya diez años denunció a esta sociedad ante los tribunales por presuntos impagos debidos a su persona, todavía está pendiente de una resolución.

Aunque es muy difícil demostrarlo, José Antonio asegura que sus obras se siguen utilizando, e insiste en que no cobra nada por ello.

"Nos pasa al 90 por ciento de los autores. La SGAE no nos paga nuestros derechos de propiedad intelectual. A mí me debe más de un millón de euros, lo correspondiente a los últimos 18 años".


Junto a Luis Cobo y Manglis, Prieto se muestra como uno de los sectores más crítico con la gestión llevada a cabo por Teddy Bautista al frente de la sociedad de autores, calificando de "aberrante" el canon digital al eliminar la presunción de inocencia.


Más información, fuente y artículo completo: http://ecodiario.eleconomista.es/cultura/noticias/1256033/05/09/La-SGAE-me-debe-los-derechos-de-autor-acumulados-durante-18-anos.html

27 de abril de 2009

El parlamento europeo aumentará de 50 a 70 años el copyright de la música

"El final del copyright de las grabaciones musicales debe ser extendido de 50 a 70 años". Eso dice la legislación adoptada el jueves por el parlamento europeo.

Aprobada con 377 votos a favor, 178 en contra, y 37 abstenciones. Los miembros del parlamento europeo han votado este incremento con el fin de asegurar que los creadores puedan seguir percibiendo royalties hasta 70 años desde la primera publicación de sus obras.

De esta medida también se beneficiarían los productores, gracias a ingresos adicionales derivados de la extensión.

Un fondo dedicado a los músicos de sesión también fue apoyado por el Parlamento. Este fondo sería financiado por las contribuciones de los productores, que se vería obligada a reservar para este fin, por lo menos una vez al año, al menos el 20% de los ingresos obtenidos de la propuesta de ampliación del plazo de los derechos de autor.

Una enmienda aprobada por los diputados permite a los artistas intérpretes o ejecutantes a renegociar los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de esta legislación, 50 años después de la primera publicación de su registro.

El Parlamento también pide a la Comisión que ponga en marcha una evaluación de impacto de la situación en el sector audiovisual europeo en enero de 2010, con miras a decidir si una extensión del derecho de autor se beneficiaría el mundo audiovisual.

En un principio, la Comisión Europea había propuesto una ampliación de la protección del derecho de autor hasta 95 años.

Los compositores ya disfrutan de protección de derechos de autor durante 70 años después de su muerte.


Relacionada: http://musicalwars.blogspot.com/2009/02/el-parlamento-europeo-apoya-el-aumento.html

Artículo original en:
http://www.europarl.europa.eu/news/expert/infopress_page/058-54192-111-04-17-909-20090422IPR54191-21-04-2009-2009-false/default_en.htm

23 de abril de 2009

23 de abril, Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor (Libros Gratis)

libros de acustica y músicaHoy, día de San Jorge y "Día del Libro" (además de 113º día del año del calendario gregoriano y el 114º en los años bisiestos), no podíamos faltar a una cita con esos montones de hojas manchados de tinta.

Para que lo sepais y no vivais con la duda: "La elección del día 23 de abril como día del libro y del derecho de autor, procede de la coincidencia del fallecimiento de los escritores Miguel de Cervantes, William Shakespeare e Inca Garcilaso de la Vega en la misma fecha en el año 1616, aunque realmente no fuese en el mismo día, debido a que la fecha de Shakespeare corresponde al calendario juliano, que sería el 3 de mayo del calendario gregoriano y que Cervantes falleció el 22, siendo enterrado el 23. También coincide con la fecha de nacimiento de William Wordsworth (1850) y fallecimiento de Josep Pla (1981). La propuesta fue presentada por la Unión Internacional de Editores a la Unesco, con el objetivo de fomentar la cultura y la protección de la propiedad intelectual por medio del derecho de autor. El 15 de noviembre de 1995 la Conferencia general de UNESCO aprobó la propuesta en París, a partir de lo cual el 23 de abril sería el "Día Internacional del Libro y del Derecho de Autor". - Wikipedia

Pues eso, os traigo unos cuantos libros gratuitos y libres, agrupados por tema:

Acústica:

Música:

Instrumentos musicales


Informática

Derechos


Otros:


Hasta la vista y felicidades a todos los Jorge, Jordi, Gorka, Xurxo, Georges, Gjergj, جرجس, ﺟﻮﺭﺝ, ﺍﺎﺧﺿﺭ, Chorche, Xurde, Georg, Jörg, Jürgen, Jorn, Jurgen, Gorgel, Görries, Görris, Jeorg, Jorg, Gorg, Gerg, Jorgelina, caza japonés Kawanishi N1K-J, sistema operativo desarrollado en los años 1960 por la empresa International Computers Ltd, revista norteamericana fundada por John F. Kennedy, Jr y tortuga que apareció durante 20 años en la serie Blue Peter de la BBC

Anecdota de 3er grado: En México, existe una frase muy popular que dice Vamos a ponerle Jorge al niño, que en términos coloquiales es indicativo de invitación (a una mujer) a tener relaciones sexuales (Jorge, sería el nombre del primogénito a procrear).

En definitiva, una pequeña selección que rellenarán vuestro tiempo libre - si quereis, claro - y no disfruteis del sol y la naturaleza (creo que el de "como clonar una rubia" me lo llevo conmigo).

7 de abril de 2009

Los DJ´s españoles necesitarán una licencia para poder “pinchar”

Fotografía de un pinchadiscos colocandose bien las gafasLos DJ’s españoles deberán disponer de licencia legal que los identifique como ejecutores de archivos de audio en locales públicos. Este permiso, otorgado por el ministerio del interior, autorizará el uso de música en formato digital.

Esta es una medida para solucionar el problema de las redadas y detenciones de DJs en varias ciudades españolas por entender las fuerzas del estado que usaban música pirateada en su trabajo.

Los profesionales del sector se han reunido, con la mediación de la SGAE (Sociedad General de Autores Españoles, en los últimos meses en varias ciudades para normalizar la situación.

La propuesta todavía no está desarrollada, ya que sería necesario como paso previo la creación de una asociación de DJ profesionales en cada autonomía y una posterior federación nacional. Tanto la SGAE como dicha federación serían las entidades que emitirían las licencias que todo DJ’s deberán tener en su poder y mostrar a la policía en caso de su solicitud.

Las reuniones informativas siguen su recorrido por toda España, siendo las próximas citas en Valencia (21 de abril), Sevilla (6 de mayo), Ibiza (29 de mayo) y Bilbao (10 de junio). Tras el verano, se retomarán las negociaciones con el Ministerio del Interior y la Sgae


Visto en: http://elperiodicodearagon.com/

Ayuda muy útil sobre el tema: http://exgae.net/herramientas/escoge-tu-caso-y-sigue-el-recorrido/dj

1 de abril de 2009

Los artistas; de cobrar poco a pagar a la discográfica (por David Bravo)

David Bravo publica en si sitio (http://www.filmica.com/david_bravo/) un interesante artículo titulado "De cómo los artistas pasan de cobrar poco por su trabajo a pagar a la discográfica"

En el, se tratan los actuales contratos de discográficos y como estos, obligan a los artístas a pasar por determinadas situaciones.

[c&p] "como cada vez se venden menos discos, la cantidad que recibe el artista va decreciendo paulatinamente, mientras que, como se dan más conciertos, la que recibe la compañía tiende a aumentar. Con el paso del tiempo y la crisis del disco se agudiza, estas diferencias entre lo que el artista da y lo que el artista recibe se hacen cada vez más patentes"

Más información y web del autor: http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/009173.html

12 de marzo de 2009

Creative Commons presenta la nueva licencia Creative Commons Zero (CC0 v1.0)

Logo de esta nueva licenciaCreative Commons acaba de presentar un nuevo tipo de licencia que no dispone de ninguna restricción para su uso, es la Creative Commons Zero, definible como una licencia completamente libre de restricciones que permite usar el contenido licenciado sin ningún tipo de impedimento.

Creative Commons Zero o CC0, actualmente en su versión 1.0, permite al usuario del material ofrecer el trabajo al dominio público, ni el creador, ni un futuro usuario del mismo tendrá los derechos del mismo, el trabajo seguirá siendo de dominio público.

La persona que asocia un trabajo a esta licencia renuncia a todos sus derechos sobre él bajo la ley de copyright y todos los derechos legales relacionados, en la medida permitida por la ley.

La licencia está destinada a documentos en los que no se quiere disponer de ningún derecho, ni autoría ni similares, un archivo completamente público.

Visto en: http://www.theinquirer.es/
Más información (página de la licencia en la web del autor: http://creativecommons.org/licenses/zero/1.0/

17 de febrero de 2009

El Parlamento Europeo apoya el aumento a 95 años la protección de las grabaciones musicales

La comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo ha respaldado recientemente la propuesta para elevar de 50 a 95 años el periodo de protección de las grabaciones musicales, con lo que intérpretes y productores mantendrían sus derechos durante ese período.

La norma afecta únicamente a la música en formatos físicos, como discos y CD y excluye todas las otras formas digitales.

Además el Parlamento Europeo ha introducido una cláusula que impide el uso de acuerdos contractuales anteriores a la revisión de la legislación que reduzcan el dinero que percibirán los artistas. E incluso se contempla la creación de un fondo para los músicos de sesión financiado por los productores, a los que se obligaría a aportar cada año al menos el 20 por ciento de los ingresos que hayan tenido gracias a la extensión de los derechos de autor.

El Parlamento ha enmendado también la propuesta original para permitir que las sociedades gestoras que representan los intereses de interpretes y productores administren los nuevos pagos.

Con esta ampliación, la UE pretende acercar en parte la situación de los músicos y cantantes a la de los autores, que tienen garantizada la protección de sus derechos durante toda su vida y 70 años después de su muerte.

La Eurocámara, que tiene poder de codecisión junto a los Estados miembros en este ámbito, votará a finales de marzo la propuesta de forma definitiva en su sesión plenaria en Estrasburgo (Francia).

Conste que la protección de las grabaciones musicales, no es lo mismo que la protección de la autoría, en este este segundo caso, la duración de la protección dura toda la vida y un número determinado desde la muerte del autor de la misma (a la que se quiere equipara la de grabación).

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